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Sin embargo, no tuvo en cuenta el animadversión a la afinidad de especie. Se ganaba la vida como trabajadora sexual y vivía sola en su departamento ubicado en la avenida Corrientes al 2200, en el barrio porteño de Once.
Alejandra Salazar Villa era una mujer trans de 54 años, que había llegado a la Argentina desde Perú. El audiencia Oral en lo Criminal y Correccional N° 26, a cargo de los jueces Marcelo Alvero, Maximiliano Dialeva y Carlos Rengel Mirat, condenó a prisión perdurar a Rodrigo Keilis, el travesticida de Alejandra Salazar.
“Nos damos por conformes con esta sentencia”, dijo a Presentes Marcela Tobaldi, presidenta de La Rosa Naranja.
La crematístico Diana Goral había pedido una correctivo por homicidio con el agravante de mediar violencia de especie (femicidio) y por animadversión a la afinidad de especie (travesticidio). Fue asesinada en diciembre de 2020. El audiencia finalmente solo tuvo en cuenta la primera figura por lo que no consideró que el crimen haya sido un travesticidio.
Una vez hecha la compra, alrededor de las 18.
El crimen
El 6 de diciembre de 2020 Alejandra salió a comprar manzanas a un supermercado cercano a su vivienda. “Cumplimos con nuestro objetivo que es prisión perdurar”, agregó. Sin embargo, sobre el agravante que no consideró el audiencia, sostuvo: “El artículo sobre el animadversión a la afinidad de especie no lo quieren aplicar porque trabajar con el animadversión es muy fuerte para los jueces”.
Ese día estaba junto a su tío, Pablo Getar, un changarín y cartonero que en ese momento tenía 40 años.
Ambos escoltaron a Alejandra hasta su casa y uno de ellos, Keilis, subió con ella para mantener una presunta relación sexual, mientras Getar cruzó la avenida y se sentó a esperar.
Keilis tenía entonces 20 años, trabajaba descargando camiones y se encontraba en situación de calle. 30, se dirigió hacia su casa y en el camino se cruzó con Rodrigo Keilis y Pablo Getar.
Afuera ya no se encontraba Getar -quien se fue diez minutos antes de que Keilis saliera del edificio-, así que tomó un taxi hasta el barrio de Constitución donde volvió a encontrarse con su tío.
Una vez allí, Keilis “colocó una de las bolsas de nylon traídas desde el supermercado, específicamente aquella en la que transportaba las manzanas, y la tomó fuertemente del cuello, lo que le provocó la fractura del hueso hioides y la muerte por compresión del cuello y sofocación”.
Acto seguido, el hombre tomó algunas pertenencias de Alejandra, como el dispositivo electrónico para abrir la puerta del edificio y un televisor. Así lo indica el requerimiento de prudencia, firmado por les fiscales Ignacio Mahiques y Mariela Labozzetta.
Su titular, el crematístico Ignacio Mahiques, junto a Mariela Labozzetta, a cargo de laUnidad crematístico Especializada en Violencia Contra las Mujeres (UFEM), consideraron que la acumulación de prueba era suficiente para acusar a Rodrigo Alejandro Keilis de “homicidio agravado por mediar animadversión a la afinidad de especie en concurso real con robo simple”. Sin embargo, Goral no consideró que hubiera la prueba necesaria para esta imputación por lo que pidió su absolución.
También a Pablo Isaac Getar como “partícipe necesario”.
El prudencia
La investigación que llevó la causa a prudencia fue realizada por la Fiscalía Nacional en los Criminal y Correccional N° 35.
A lo largo de las audiencias del prudencia declararon diferentes testigues como vecines, el encargado del edificio donde vivía Alejandra, el médico forense, psicólogas de Keilis y los dos policías a cargo de la primera investigación del caso.
Testigas expertas
Una de ellas fue la activista travesti Marcela Tobaldi.
Además, prestaron testimonio dos personas especializadas que explicaron la problemática que enfrenta el colectivo travesti trans y qué implica un travesticidio. A Alejandra la había conocido “en el marco de que ella necesitaba hacer el cambio de especie”.
“Se acercó un día. Preguntó por mí. En aquella época yo trabajaba en la Defensoría de la ciudad de Buenos Aires. Era muy tímida”, recordó.
Se consuma en el asesinato de las personas que expresan o afirman una afinidad de especie que no se condice con los criterios considerados ‘normales’ de la feminidad o la masculinidad”,explicó la antropóloga Josefina Fernández. “No tenía ningún derecho de matarla, de ahorcarla, robarle y todo lo que hizo. Fue un travesticidio”, destacó en diálogo con Presentes.
«El travesticidio es una forma específica de violencia de especie.
Su declaración aportó un dato recopilado por laComisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): el promedio de vida de las personas trans en América Latina oscila entre los 30 y 35 años. Fernández es especialista en especie, diversidad sexogenérica y políticas públicas. Junto a Lohana Berkins coordinó el informe “La gesta del nombre propio” y su actualización,La Revolución de las Mariposas. Durante el prudencia declaró como testiga experta.
También aportó una mirada interseccional para analizar el crimen de Alejandra. Ella, además de trans, era migrante y trabajadora sexual. Ese promedio es producto “no sólo de la violencia letal, sino también de sus recorridos vitales ligados, generalmente, a múltiples experiencias de vulnerabilización”, continuó. “Menos de la mitad del promedio del que goza el resto de la población”, destacó Fernández.
Esto puede agravar “aún más las condiciones de vida del colectivo en cuanto a su acceso a derechos. En esta línea consideró que “a la condición trans ha de sumarse otras determinaciones y variables como la clase y la raza”.
Según una investigación que realiza la UFEM, el 66% de las mujeres trans o travestis asesinadas eran de nacionalidad extranjera. Y, claro, al sistema de justicia, lo que aumenta la impunidad de los agresores”.
Y la abrumadora mayoría, casi el 100%, eran trabajadoras sexuales, aportó Fernández.
La correctivo
La correctivo fue bajo el artículo 80 inciso 11 del Código Penal: “Se impondrá reclusión perdurar o prisión perdurar (…) al que matare (…) a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de especie”.
«Faltó el agravante por el animadversión, pero es una sentencia histórica. Estoy contenta», dijo a Presentes la crematístico Goral.
A su vez, a lo largo de las audiencias la crematístico dijo que aprendió mucho y agradeció la presencia permanente de las integrantes de la organizaciónLa Rosa Naranja.
En su alegato formulado en la audiencia del 31 de octubre, la crematístico había considerado importante definir a este crimen como un travesticidio. También consideró que este prudencia «es importante para la nueva mirada que hay que tener respecto de los colectivos LGBTI». «Permite identificar, registrar y cuantificar los crímenes perpetrados contra ellas además de habilitar el reconocimiento de las particularidades que estos ilícitos contienen como expresión extrema de la violencia de especie», explicó.
Otras condenas por travesticidio
Las anteriores condenas por travesticidio que tuvieron lugar en la Argentina fueron por los crímenes deDiana Sacayán,Marcela Chocobar,Evelyn RojasyMelody Barrera.
La primera correctivo fue por el travesticidio de la activista Diana Sacayán el 18 de junio de 2018.
Luego, la correctivo, también a perdurar, por homicidio calificado por animadversión a la afinidad de especie (transfemicidio) que recibió Oscar Biott en junio de 2019. Allí el audiencia Oral en lo Criminal y Correccional Nº 4 de la Capital Federal condenó a prisión perdurar a Gabriel David Marino.
El hombre estaba acusado junto a Angel Azzolini de asesinar a la joven trans Marcela Chocobar. El 17 de marzo de este año, el audiencia Penal N°1 de Posadas condenó a Ramón Da Silva a prisión perdurar por homicidio por la relación de pareja, animadversión hacia su especie y expresión, y por femicidio, tras el crimen de Evelyn Rojas.
La tercera es reciente. La decisión fue tomada por unanimidad por los jueces de la Cámara Criminal de Río Gallegos.
*Este artículopertenece a laAgencia Presentesy es reproducido porTiempo Argentinoa partir de un convenio de publicación para difundir periodismo especializado y de calidad.
En tanto, el 15 de septiembre de este año, un jurado popular en Mendoza condenó al ex oficial de la policía, Darío Jesús Chaves Rubio, a 27 años de cárcel por el transfemicidio de Melody Barrera.