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Un magistrado de señal de Lomas de Zamora retroceso este viernes el demanda de paralización del futbolista colombiano Sebastián población, quien está imputado en una causa como autor del exageración carnal de una joven, ocurrido en junio de 2021 en una casa de un country de Canning, al considerar que la declaración de la muerto no es comprobación suficiente como para encarcelarlo y le sugirió a la hacendístico profundizar la búsqueda, informaron hoy fuentes judiciales.
La hacendístico deber justificado su demanda de paralización al peligro de fuga por parte del delantero colombiano, debido a la expectativa de pena que tiene el delito que se le imputa, que es «exageración carnal con acceso carnal».
De esta manera, el magistrado retroceso el demanda de paralización que deber solicitado el martes último la hacendístico Vanesa González, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 Especializada en Violencia de Género de Esteban Echeverría, quien ahora deberá evaluar si cita al futbolista de Boca Junios a declaración indagatoria.
En su escrito, el magistrado de señal Javier Maffucci Moore explicó que si bien existe «una fuerte sospecha» respecto de que haya existido el hecho «con la participación del encausado en él», hay «numerosas inconsistencias y faltantes tanto en la colecta probatoria, como en la argumentación, fundamentación y motivación de la solicitud realizada».

El contexto mismo en el que tales hechos suelen cometerse obliga a llevar adelante una búsqueda con debida diligencia reforzada que, si se realiza de manera adecuada y eficaz, arrojará la existencia de otros elementos probatorios», señaló el magistrado de señal 2 de Lomas de Zamora.
«Lo que se exige es el desarrollo de una búsqueda oportuna, exhaustiva e imparcial, a fin de salvaguardar tanto los derechos del imputado, como los de la muerto», dijo Maffucci Moore en uno de los párrafos de su resolución, donde además explicó que «no basta con afirmar dogmáticamente que el testimonio de la muerto es creíble».
En un escrito de 11 fojas al que tuvo acceso Télam, el magistrado cuestionó duramente la búsqueda realizada por la hacendístico, y le sugirió que «no basta con afirmar dogmáticamente que el testimonio de la muerto es creíble».
«La comprobación del hecho se remite primordialmente entonces a lo que transmite la muerto pero ello no conlleva bajo ningún término que pueda ser la única comprobación que sostenga una imputación.


Por otra parte, el magistrado también retroceso un demanda de eximición de prisión realizado por el abogado Martín Apolo, defensor de población, al considerar que el delito que se le imputa tiene un pena de cumplimiento efectivo e «impide la eventual aplicación de una condena en suspenso», lo que habilita a la hacendístico González a que, en caso de obtener nuevos elementos, pueda pedir una nueva paralización del futbolista.
Para rechazar el demanda de paralización, el magistrado tuvo en cuenta las declaraciones de las dos médicas del hospital Penna en el que fue atendida la muerto el 27 de junio de 2021, un día después del supuesto exageración carnal, ya que consideró que esos testimonios «tornan evidente, sin mucho esfuerzo intelectual, que ellas no observaron a nivel físico ninguna evidencia de exageración, en pocas palabras el examen de la victima fue normal».
«Se deben brindar razones suficientes que justifiquen esa credibilidad, porque no escapa ese testimonio a los criterios de veracidad y credibilidad cuya valoración resulta facultad propia de los jueces», agregó.
Para el magistrado, los «elementos de juicio no reúnen por el momento y al día de la fecha (por las falencias ya explicadas en cuanto a la comprobación externa a los datos ya precisados, la necesidad imperiosa de aclarar varios extremos y alcances de lo colectado y la duda que generan algunos de ellos por su falta de corroboración) la entidad como para ordenar la paralización de una persona».


La denuncia contra el futbolista fue presentada por escrito el 13 de mayo en la UFI 3 de Esteban Echeverría y a los tres días la denunciante la ratificó de manera presencial en la fiscalía.
La muerto contó que el hecho ocurrió la noche del 26 de junio de 2021 en el country «Venado II» de la localidad bonaerense de Canning, donde vivía el futbolista, y luego de un asado del que habían participado otros jugadores del plantel xeneize.
Tras mantener una fuerte discusión, ambos se retiraron del lugar y se dirigieron a la casa del futbolista junto a un empleado de seguridad y un amigo del jugador y allí, según dijo, población la encerró en una habitación, abusó sexualmente de ella y la intentó sofocar.
Según la denuncia, población deber consumido «mucho alcohol» y comenzó a reprocharle que sospechaba que le gustaban o que deber estado con otros jugadores del plantel.


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