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El resolución 144/2022 reglamenta el apartado 179 de la Ley de compromiso de ocupación N° 20. 744, y sostiene que los empleadores cuyos creación se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los cosmos de celo de manera conjunta dentro de ese radio.
también, aclara que las empresas podrán subcontratar la implementación de los cosmos de celo en tanto cumplan con las condiciones adecuadas.
Por otra parte, en los Convenios Colectivos de ocupación «dominio preverse el reemplazo de la obligación de la presente medida por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o ocupación de celo de semejante, debidamente documentados», sostiene el apartado 4 del resolución.

844, o al total efectivamente gastado en caso de que este sea menor, se especificó.
Dicho total a reintegrar en concepto de pago por guardería o ocupación de asistencia y celo no terapéutico no dominio ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría «Asistencia y Cuidados de semejante» del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.
también se aclaró que en los Contratos de ocupación a era Parcial, el total a reintegrar será proporcional al que le corresponda a un trabajador o una trabajadora a era completo.
La ministra de señora, Géneros y Diversidad, Gómez Alcorta, celebró en su cuenta de Twitter que «se trata de un paso fundamental para garantizar la inserción profesional de las señora y una organización social de los cuidados más justa entre los géneros.


«El ministerio de ocupación les da era para adecuarse a las empresas, pese a las resistencias del sector; es un avance importante», completó la funcionaria. Seguimos ampliando derechos para todas, todes y todos».
En tanto, Mercedes D´Alessandro, directora del área Igualdad y Género del Ministerio de Economía, aseguró a Télam que «esto es un logro del feminismo, que viene demandando hace un montón el derecho de tener un espacio de celo para sus hijos e hijas».
El apartado 179 fue agregado en 1976 a la Ley de compromiso de ocupación N° 20.


«Las señora tienen una tasa más alta de retiro del mercado profesional, luego de la maternidad, y el tener un espacio celo es algo que empareja un poco la situación entre varones y señora y contribuye a que los varones generen un vínculo diferente con sus hijes, fomenta la corresponsabilidad», detalló la funcionaria. 744 sancionada dos años antes.
El apartado 179 que se titula «Descansos diarios por lactancia» establecía que «toda trabajadora madre de lactante dominio disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de ocupación, y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado».
Sobre la normativa publicada hoy, D´Alessandro sostuvo que en el apartado original de la Ley de compromiso de ocupación figuraba la palabra «laborioso» y ahora se agregó «trabajadores» porque «estos cosmos se deben garantizar a padres y madres».

744 (reglamentado en 1976) y sus modificatorias», en respuesta a un amparo.
también, preveía que en los creación donde preste servicios «el número mínimo de laborioso que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan».
El resolución reglamentario se publicó luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordenara en un fallo de octubre de 2021 al Poder Ejecutivo a «reglamentar en el plazo de 90 días hábiles el apartado 179 de la Ley de compromiso de ocupación N° 20.
El resolución lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros Claudio Moroni (ocupación y Previsión) y Gómez Alcorta.


también, aclara que las empresas podrán subcontratar la implementación de los cosmos de celo en tanto cumplan con las condiciones adecuadas.
Los creación donde trabajen 100 o más semejante, independientemente de las modalidades de contratación, tendrán que ofrecer cosmos de celo para niños y niñas de entre 45 días y 3 años que estén a cargo de los trabajadores y las laborioso durante la respectiva jornada profesional, según dispuso un resolución publicado hoy en el Boletín Oficial. 744, y sostiene que los empleadores cuyos creación se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los cosmos de celo de manera conjunta dentro de ese radio.
El resolución 144/2022 reglamenta el apartado 179 de la Ley de compromiso de ocupación N° 20.


Por otra parte, en los Convenios Colectivos de ocupación «dominio preverse el reemplazo de la obligación de la presente medida por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o ocupación de celo de semejante, debidamente documentados», sostiene el apartado 4 del resolución.
Dicho total a reintegrar en concepto de pago por guardería o ocupación de asistencia y celo no terapéutico no dominio ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría «Asistencia y Cuidados de semejante» del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.
también se aclaró que en los Contratos de ocupación a era Parcial, el total a reintegrar será proporcional al que le corresponda a un trabajador o una trabajadora a era completo. 844, o al total efectivamente gastado en caso de que este sea menor, se especificó.


La ministra de señora, Géneros y Diversidad, Gómez Alcorta, celebró en su cuenta de Twitter que «se trata de un paso fundamental para garantizar la inserción profesional de las señora y una organización social de los cuidados más justa entre los géneros.
«El ministerio de ocupación les da era para adecuarse a las empresas, pese a las resistencias del sector; es un avance importante», completó la funcionaria.
En tanto, Mercedes D´Alessandro, directora del área Igualdad y Género del Ministerio de Economía, aseguró a Télam que «esto es un logro del feminismo, que viene demandando hace un montón el derecho de tener un espacio de celo para sus hijos e hijas». Seguimos ampliando derechos para todas, todes y todos».

744 sancionada dos años antes.
Sobre la normativa publicada hoy, D´Alessandro sostuvo que en el apartado original de la Ley de compromiso de ocupación figuraba la palabra «laborioso» y ahora se agregó «trabajadores» porque «estos cosmos se deben garantizar a padres y madres».
El apartado 179 fue agregado en 1976 a la Ley de compromiso de ocupación N° 20.
«Las señora tienen una tasa más alta de retiro del mercado profesional, luego de la maternidad, y el tener un espacio celo es algo que empareja un poco la situación entre varones y señora y contribuye a que los varones generen un vínculo diferente con sus hijes, fomenta la corresponsabilidad», detalló la funcionaria.


también, preveía que en los creación donde preste servicios «el número mínimo de laborioso que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan».
El apartado 179 que se titula «Descansos diarios por lactancia» establecía que «toda trabajadora madre de lactante dominio disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de ocupación, y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado».
El resolución reglamentario se publicó luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordenara en un fallo de octubre de 2021 al Poder Ejecutivo a «reglamentar en el plazo de 90 días hábiles el apartado 179 de la Ley de compromiso de ocupación N° 20. 744 (reglamentado en 1976) y sus modificatorias», en respuesta a un amparo.


El resolución lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros Claudio Moroni (ocupación y Previsión) y Gómez Alcorta.


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